Emilio Márquez

Buena noticia del día para los propietarios de vivienda

28 Noviembre 2020 , Escrito por Emilio Marquez Espino Etiquetado en #alquiler, #tribunal supremo

El Tribunal Supremo sentencia que "no se puede excluir como morada, a efectos de allanamiento, una vivienda que la víctima también utiliza ocasionalmente, que tiene amueblada, y dada de alta la luz, el agua y gas, como servicios esenciales que acreditan que es vivienda que se utiliza habitualmente, y que no está desocupada."

Con lo que la expulsión rápida de okupas de una segunda vivienda se facilita a partir de esta sentencia publicada justo ahora.

El mercado de la vivienda para funcionar adecuadamente necesita de garantías para los propietarios y esta sentencia viene a ayudar mucho en ese sentido.

¿Qué otras medidas se necesitan para que el mercado de compra venta y de alquiler funcione mejor?

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