Emilio Márquez

licencias

Medidas absurdas para la televisión en Internet en Italia

20 Enero 2010 , Escrito por Enrique Etiquetado en #Actualidad y medios, #berlusconi, #internet, #italia, #licencias, #medida, #Periodismo Digital, #streaming, #television, #tv

Los políticos pecan a veces de ingenuos o cuanto menos de poco conocedores de la realidad de las nuevas tecnologías. Quizás en demasiadas ocasiones. Esto es precisamente lo que sucede en Italia, donde un decreto del gobierno prevé obligar a obtener una licencia oficial a los sitios de Internet que emitan vídeo. Los medios digitales italianos tendrán, por tanto, que acordar una licencia especial de emisión, al igual que sucede en la televisión, para poder lanzar imágenes en movimiento a la red.

La medida es inverosímil y parece anclada todavía en la emisión analógica por canales de la televisión. Siendo Internet una plataforma global y con un crecimiento descomunal, sobre todo a partir del auge de las redes sociales y la Web 2.0, considero que es completamente absurdo tratar de poner freno a la emisión de vídeos obligando a la adquisición de licencias. Sería cómo poner una mordaza a cada usuario o entidad independiente que quisiera publicar algo.

El coste de emisión de vídeo en Internet no es elevado en comparación con la televisión, y el beneficio que se obtiene trabajando el vídeo en la red tampoco es ni por asomo equiparable a las cifras dotadas de tres ceros o más por las que se venden los anuncios en el medio audiovisual tradicional. ¿Qué se pretende generar con esto? Lo cierto es que más allá de frenar la creatividad de la gente y poner freno a la libertad de expresión, no imagino otra cosa.

Pedir licencia para que una página web pueda trabajar con vídeos es completamente absurdo. Primero, porque se estará intentando poner frontera a un mundo digital donde en otras ocasiones ha quedado palpable que es completamente imposible. Segundo, porque se acabaría con toda la espontaneidad audiovisual que se ha generado durante estos últimos años en la red, con creaciones de referencia como Malviviendo, Qué vida más triste, Mundoficción, etc.

La medida, que según la oposición solo busca defender los intereses de Berlusconi, pretende trabajar en teoría en favor de los derechos de propiedad intelectual dentro del mundo audiovisual en Italia. Pienso que existen otras formas de defender estos derechos que gravando a los webmasters con un impuesto especial por emitir vídeos desde su páginas webs. La pregunta es, ¿qué pasará con plataformas como Youtube, que en muchos casos cuentan con licencias oficiales de compañías audiovisuales para colgar tráilers y vídeoclips?

Se está tratando de poner coto a un sistema con medidas de hace medio siglo aplicadas a otro formato que nada tiene que ver con la velocidad y espontaneidad con las que se mueve Internet. Esperemos que en España, al Ministerio de Cultura no le dé por plantear medidas similares: no creo que sean capaz de meterse en más berenjenales después de la polémica que ha levantado en la red la "Ley Sinde".

Más en la red.

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Música copyleft para nuestro Meme Solidario

18 Diciembre 2008 , Escrito por Emienemiblog Etiquetado en #copyleft, #copyright, #Internet, humor y tecnología, #licencias, #Meme, #memesolidario, #Preguntas y respuestas, #solidaridad, #solidario

Como ya sabéis desde Networking Activo hemos puesto en marcha una iniciativa solidaria en MemeSolidario.com y para darle promoción y remover un poco las conciencias de los internautas, nuestro departamento audiovisual ha realizado un vídeo para el que hemos utilizado música copyleft. La canción se llama "Dancing in the street" y el autor es Dj Fresde. La verdad es que cuando me informaron de que habíamos usado copyleft, me puse a investigar un poco y me he dado cuenta de lo poco que en realidad sabía sobre el tema. Existe una gran variedad de licencias copyleft y hay que leer muy bien las características de las mismas antes de usar alguno de los productos que estén bajo este tipo de licencias. Hay un total de seis licencias Creative Commons (copyleft) para optar: Reconocimiento (Attribution): El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceras personas si se reconoce la autoría en los créditos. No Comercial (Non commercial): El material original y los trabajos derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos mientras su uso no sea comercial. Sin Obra Derivada (No Derivate Works): El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original. Compartir Igual (Share alike): El material creado por un artista puede ser modificado y distribuido pero bajo la misma licencia que el material original. Con la combinación de estas cuatro condiciones se logran componer las seis licencias que se pueden elegir: Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Reconocimiento - Sin obra derivada: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas. Reconocimiento - Sin obra derivada - No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas. Reconocimiento - No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. Reconocimiento - No comercial - Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. Reconocimiento - Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. Enlaces de interés:
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